¿Cuánto podrías ahorrar con tus comidas de trabajo?
Selecciona autónomo o empresa e introduce tus gastos. Estima el posible efecto fiscal de gastos profesionales que cumplan los requisitos de deducibilidad.
1 · Tipo de contribuyente
2 · Tus gastos habituales
3 · Acumulado por meses
1 mes4 · Tu resultado estimado
Información fiscal importante
IRPF (20%) e IS (25%) son hipótesis de simulación, no tipos aplicables a todos los contribuyentes. El ahorro real depende del régimen, tipo efectivo o marginal, resultado fiscal y deducibilidad. En empresas, el 25% no es universal y un gasto ya deducido no genera un ahorro nuevo por usar Troquia.
El IVA del restaurante suele ser del 10%: si el precio ya lo incluye, se extrae multiplicando por 10/110, no aplicando un 10% adicional. Si se simula la deducción del IVA, el ahorro en IRPF o IS se calcula sobre el importe sin ese IVA para evitar duplicarlo.
No todas las comidas o almuerzos son deducibles. Para la manutención del autónomo en estimación directa existen condiciones sobre actividad, establecimiento, medio electrónico de pago y límites diarios (en España, con carácter general, 26,67 € sin pernocta y 53,34 € con pernocta). Si almuerzo y comida corresponden al mismo día, el límite es diario, no por cada consumición. Los gastos de trabajadores por cuenta ajena y las comidas pagadas por empresas siguen reglas distintas: no se les aplica automáticamente el límite de manutención del autónomo; debe justificarse la naturaleza empresarial del gasto y su tratamiento fiscal.
Justificación del IVA: la deducción exige cumplir requisitos materiales y documentales. La existencia de factura simplificada, pago bancario y trazabilidad puede aportar pruebas, pero no asegura la aceptación administrativa. La jurisprudencia sobre defectos formales requiere analizar cada caso.
Modelo simplificado: para empresas se multiplica por el número de trabajadores y se repiten los mismos gastos cada mes, no se aplican topes automáticamente porque no se conoce si coinciden comidas y almuerzos en un mismo día, ni la situación fiscal concreta del usuario. El resultado debe revisarse con una asesoría antes de utilizarlo en una declaración.